USO es el único sindicato de ámbito nacional que dispone de Caja de Resistencia y Solidaridad para respaldar económicamente a sus afiliados y afiliadas en los casos de huelga, sanciones profesionales, cierres patronales o despidos sindicales.
La USO nace de las nuevas generaciones de jóvenes trabajadores a finales de los años 50 con la voluntad y finalidad de defender los intereses de los trabajadores de todos los sectores y condiciones.
USO es un sindicato pluralista abierto a todos los trabajadores y trabajadoras, con absoluto respeto a sus concepciones y prácticas religiosas, filosóficas, ideológicas, políticas o culturales.
Publican sentencia convenio Industria siderometalúrgica con dos años de demora.
Murcia, 2 nov (EFE).- Una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que anulaba un artículo del convenio colectivo de la industria siderometalúrgica ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia casi dos años después de haber sido dictada.
La sentencia tiene fecha de 24 de noviembre de 2008 y en la misma se ordenaba su publicación en dicho Boletín para conocimiento general de los ciudadanos, lo que se ha producido ahora.
En esta resolución del TSJ se daba la razón a la Unión Sindical Obrera (USO) al considerar que uno de los artículos era contrario a la Constitución al tratar de forma desigual a los trabajadores ingresados en las empresas antes o después del uno de enero de 1994.
Según este artículo del convenio anulado por la Sala de lo Social, los obreros contratados fijos a partir de esa fecha tendrían derecho a un premio por antigüedad consistente en el cinco por ciento del salario base hasta el máximo de un quinquenio, mientras que los contratados con anterioridad percibirían hasta el correspondiente a cinco quinquenio.
La Sala estaba presidida por el que era entonces su presidente, el magistrado José Luis Alonso, mientras que el ponente fue Manuel Rodríguez. EFE 1010611
Publican sentencia convenio Industria siderometalúrgica con dos años de demora.
Murcia, 2 nov (EFE).- Una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que anulaba un artículo del convenio colectivo de la industria siderometalúrgica ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia casi dos años después de haber sido dictada.
La sentencia tiene fecha de 24 de noviembre de 2008 y en la misma se ordenaba su publicación en dicho Boletín para conocimiento general de los ciudadanos, lo que se ha producido ahora.
En esta resolución del TSJ se daba la razón a la Unión Sindical Obrera (USO) al considerar que uno de los artículos era contrario a la Constitución al tratar de forma desigual a los trabajadores ingresados en las empresas antes o después del uno de enero de 1994.
Según este artículo del convenio anulado por la Sala de lo Social, los obreros contratados fijos a partir de esa fecha tendrían derecho a un premio por antigüedad consistente en el cinco por ciento del salario base hasta el máximo de un quinquenio, mientras que los contratados con anterioridad percibirían hasta el correspondiente a cinco quinquenio.
La Sala estaba presidida por el que era entonces su presidente, el magistrado José Luis Alonso, mientras que el ponente fue Manuel Rodríguez. EFE 1010611
Publican sentencia convenio Industria siderometalúrgica con dos años de demora.
Murcia, 2 nov (EFE).- Una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que anulaba un artículo del convenio colectivo de la industria siderometalúrgica ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia casi dos años después de haber sido dictada.
La sentencia tiene fecha de 24 de noviembre de 2008 y en la misma se ordenaba su publicación en dicho Boletín para conocimiento general de los ciudadanos, lo que se ha producido ahora.
En esta resolución del TSJ se daba la razón a la Unión Sindical Obrera (USO) al considerar que uno de los artículos era contrario a la Constitución al tratar de forma desigual a los trabajadores ingresados en las empresas antes o después del uno de enero de 1994.
Según este artículo del convenio anulado por la Sala de lo Social, los obreros contratados fijos a partir de esa fecha tendrían derecho a un premio por antigüedad consistente en el cinco por ciento del salario base hasta el máximo de un quinquenio, mientras que los contratados con anterioridad percibirían hasta el correspondiente a cinco quinquenio.
La Sala estaba presidida por el que era entonces su presidente, el magistrado José Luis Alonso, mientras que el ponente fue Manuel Rodríguez. EFE 1010611
Condenan a la empresa en cargada de la limpieza en Valdecilla
La concesionaria del servicio de limpieza del Hospital Valdecilla y la Residencia Cantabria, Uni2, ha sido condenada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Santander a contratar a jornada completa a 16 de sus trabajadores temporales, completando una plantilla que se había visto mermada en el último año por otras tantas vacantes y jubilaciones que la firma no cubrió.
El sindicato USO fue el que demandó a Uni2 y, de forma subsidaria, a Comisiones Obreras y UGT, con mayoría en el comité de empresa. El incumplimiento de los compromisos de reposición de las vacantes de la empresa derivó este verano en un conflicto laboral y sindical, al convocar CC OO una huelga entre los trabajadores de limpieza que los otros dos sindicatos no secundaron. Finalmente, la vía judicial elegida por USO prosperó y, dos meses después, la sentencia considera probado «que la práctica empresarial atenta el acuerdo suscrito entre las partes y, por tanto, la empresa deberá proceder a las correspondientes ampliaciones de jornada», justo en las 16 vacantes producidas desde 2009 por invalideces, jubilaciones y excedencias.
Condenan a la empresa en cargada de la limpieza en Valdecilla
La concesionaria del servicio de limpieza del Hospital Valdecilla y la Residencia Cantabria, Uni2, ha sido condenada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Santander a contratar a jornada completa a 16 de sus trabajadores temporales, completando una plantilla que se había visto mermada en el último año por otras tantas vacantes y jubilaciones que la firma no cubrió.
El sindicato USO fue el que demandó a Uni2 y, de forma subsidaria, a Comisiones Obreras y UGT, con mayoría en el comité de empresa. El incumplimiento de los compromisos de reposición de las vacantes de la empresa derivó este verano en un conflicto laboral y sindical, al convocar CC OO una huelga entre los trabajadores de limpieza que los otros dos sindicatos no secundaron. Finalmente, la vía judicial elegida por USO prosperó y, dos meses después, la sentencia considera probado «que la práctica empresarial atenta el acuerdo suscrito entre las partes y, por tanto, la empresa deberá proceder a las correspondientes ampliaciones de jornada», justo en las 16 vacantes producidas desde 2009 por invalideces, jubilaciones y excedencias.
Condenan a la empresa en cargada de la limpieza en Valdecilla
La concesionaria del servicio de limpieza del Hospital Valdecilla y la Residencia Cantabria, Uni2, ha sido condenada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Santander a contratar a jornada completa a 16 de sus trabajadores temporales, completando una plantilla que se había visto mermada en el último año por otras tantas vacantes y jubilaciones que la firma no cubrió.
El sindicato USO fue el que demandó a Uni2 y, de forma subsidaria, a Comisiones Obreras y UGT, con mayoría en el comité de empresa. El incumplimiento de los compromisos de reposición de las vacantes de la empresa derivó este verano en un conflicto laboral y sindical, al convocar CC OO una huelga entre los trabajadores de limpieza que los otros dos sindicatos no secundaron. Finalmente, la vía judicial elegida por USO prosperó y, dos meses después, la sentencia considera probado «que la práctica empresarial atenta el acuerdo suscrito entre las partes y, por tanto, la empresa deberá proceder a las correspondientes ampliaciones de jornada», justo en las 16 vacantes producidas desde 2009 por invalideces, jubilaciones y excedencias.
CORREOS, condenada al pago de 3,9 millones a150 trabajadores gracias a una reclamación de USO. Que se preparen los trabajadores de CRTVE. Ya lo advertimos en su momento desde estas mismas páginas: la designación de Marta Bretos como directora de Recursos Humanos de Radio Televisión Española podría tener consecuencias imprevisibles, aún por llegar. Fu fichada de Correos y Telégrafos donde ocupaba el mismo puesto. Como herencia de su mandato en la Sociedad Estatal dejó innumerables contenciosos abiertos.
Ahora, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia condenando a Correos y Telégrafos a abonar 3,9 millones de euros de indemnización a los 159 trabajadores y trabajadoras interinos afectados por el Acuerdo de Consolidación firmado el 27 de febrero de 2004 con los sindicatos CCOO, UGT y CSI-CSIF que aprobaba la consolidación de 6.000 puestos de trabajo. Y todo gracias al incansable trabajo del sindicato Unión Sindical Obrera (USO). La decisión judicial ratifica la adoptada en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Una economía cada vez más mermada
Y es que hace tiempo llegó el tiempo de los sindicatos de menor presencia pero no por ello menos importantes. Y es que con la firma del citado Acuerdo, las Centrales Sindicales – Comisiones Obreras, UGT y CSIF-, pretendían contrarrestar la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que “estimando la demanda presentada por USO declaraba la fijeza de la relación laboral de todos los trabajadores y trabajadoras con contrato de interinidad por vacante por tiempo superior a tres meses en la empresa y declarando, así mismo, que las plazas que ocupaban dichos trabajadores no podían formar parte de la consolidación de empleo temporal, debiendo quedar exentos de realizar las pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal”. La sentencia viene a confirmar que los pactos suscritos con los sindicatos de Fernández Toxo y Cándido Méndez eran discriminatorios y contrarios al ordenamiento constitucional.
Con esta condena, la mayor empresa de España en número de trabajadores verá nuevamente mermada su “economía”, ya que desde el año 2004 al cierre del ejercicio 2009 abonó un total de 1,59 millones de euros en concepto de indemnizaciones improcedentes o por contratos en fraude de Ley, como reconoció el Gobierno en una respuesta parlamentaria planteada por un diputado del Grupo Mixto. En los datos remitidos al Congreso de los Diputados destaca también que la Sociedad abonó 905.579 euros en multas en ese mismo periodo, por infracciones en materia de seguridad e higiene en el trabajo, así como por multas de Inspección de Trabajo.
Pero como casi siempre, aquí paz y después gloria. A ver que dice ahora el ministro de Fomento, José Blanco.
CORREOS, condenada al pago de 3,9 millones a150 trabajadores gracias a una reclamación de USO. Que se preparen los trabajadores de CRTVE. Ya lo advertimos en su momento desde estas mismas páginas: la designación de Marta Bretos como directora de Recursos Humanos de Radio Televisión Española podría tener consecuencias imprevisibles, aún por llegar. Fu fichada de Correos y Telégrafos donde ocupaba el mismo puesto. Como herencia de su mandato en la Sociedad Estatal dejó innumerables contenciosos abiertos.
Ahora, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia condenando a Correos y Telégrafos a abonar 3,9 millones de euros de indemnización a los 159 trabajadores y trabajadoras interinos afectados por el Acuerdo de Consolidación firmado el 27 de febrero de 2004 con los sindicatos CCOO, UGT y CSI-CSIF que aprobaba la consolidación de 6.000 puestos de trabajo. Y todo gracias al incansable trabajo del sindicato Unión Sindical Obrera (USO). La decisión judicial ratifica la adoptada en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Una economía cada vez más mermada
Y es que hace tiempo llegó el tiempo de los sindicatos de menor presencia pero no por ello menos importantes. Y es que con la firma del citado Acuerdo, las Centrales Sindicales – Comisiones Obreras, UGT y CSIF-, pretendían contrarrestar la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que “estimando la demanda presentada por USO declaraba la fijeza de la relación laboral de todos los trabajadores y trabajadoras con contrato de interinidad por vacante por tiempo superior a tres meses en la empresa y declarando, así mismo, que las plazas que ocupaban dichos trabajadores no podían formar parte de la consolidación de empleo temporal, debiendo quedar exentos de realizar las pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal”. La sentencia viene a confirmar que los pactos suscritos con los sindicatos de Fernández Toxo y Cándido Méndez eran discriminatorios y contrarios al ordenamiento constitucional.
Con esta condena, la mayor empresa de España en número de trabajadores verá nuevamente mermada su “economía”, ya que desde el año 2004 al cierre del ejercicio 2009 abonó un total de 1,59 millones de euros en concepto de indemnizaciones improcedentes o por contratos en fraude de Ley, como reconoció el Gobierno en una respuesta parlamentaria planteada por un diputado del Grupo Mixto. En los datos remitidos al Congreso de los Diputados destaca también que la Sociedad abonó 905.579 euros en multas en ese mismo periodo, por infracciones en materia de seguridad e higiene en el trabajo, así como por multas de Inspección de Trabajo.
Pero como casi siempre, aquí paz y después gloria. A ver que dice ahora el ministro de Fomento, José Blanco.