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jueves, 19 de septiembre de 2013

El TC admite tres nuevos recursos a la supresión de la extra de los funcionarios

La Audiencia Nacional, el TSJ de Castilla y León y un Juzgado de Tarragona preguntan por el encaje en la Carta Magna de la medida. Los funcionarios reclaman la devolución de lo devengado El Tribunal Constitucional (TC) admitió ayer a trámite tres nuevas cuestiones de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-ley 20/2012 por el que el Gobierno suprimió la paga extra de Navidad a los empleados públicos, que se suman a una admitida el pasado 29 de mayo que planteó la empresa pública Cetarsa. 

En tres providencias, el Alto Tribunal admite las cuestiones planteadas por la Audiencia Nacional, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León y el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Tarragona. El recurso del TSJ lo plantea CSIF a instancias de los 20.000 empleados laborales de la Junta de Castilla y León. Los otros dos los presenta la plataforma unitaria de CCOO, UGT y USO.

La estrategia común es recurrir la retroactividad de la medida e instar la recuperación de los días de la paga que se hubieran devengado, ya que la norma entró en vigor el 15 de julio. Además, los demandantes esgrimen que la supresión de la paga de Navidad vulnera los artículos 9.3 y 33 de la Constitución, cuestión por la que los respectivos tribunales preguntan ahora al TC. El primero de los preceptos señala que “la Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”.

Por su parte, el artículo 33 reconoce “el derecho a la propiedad privada y a la herencia”, dice que “la función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes”, y señala que “nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes”. El pasado 29 de mayo, el TC admitió a trámite una cuestión formulada por la Audiencia Nacional a raíz de un recurso planteado por los trabajadores de la Compañía Española de Tabaco (Cetarsa). El pasado mayo un juzgado de Palencia condenó a la Diputación a devolver a una funcionaria la cuantía de la extra de diciembre que se había devengado. No cupo recurso por su escasa cuantía. En junio, el TSJ de Madrid reconoció el derecho del personal laboral de la Comunidad a percibir la parte devengada. 


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