El
Apartado 9.8 de la Resolución de 28.12.2012 por la que se aprueba la
Instrucción sobre Jornadas y Horarios en la AGE, autoriza incorporar
hasta un día adicional mas de asuntos propios, a los tres que reconoce,
cuando una de las Fiestas Nacionales coincidan con Sábado.
En este sentido, por el Secretario de Estado de Administraciones Públicas,
se ha resuelto que el personal a que se refiere la citada Instrucción
tendrá derecho a disfrutar un día adicional de permiso durante el año
2013, al ser, el día 12
de Octubre, Fiesta Nacional de carácter retribuido, no recuperable, y
no sustituible por las Comunidades Autónomas... y coincidir en Sábado.
Se
cumple con ello una vieja reivindicación de los Empleados Públicos de la
AGE… que esperamos sea adoptada en sus Calendarios por el resto de
Administraciones Públicas, consistente en compensar las Fiestas
Nacionales coincidentes en Sábado, día que aunque se considere
laborable, no se trabaja efectivamente, al tener la mayoría de los
Empleados Públicos su Jornada Laboral repartida de Lunes a Viernes.
No
obstante, esta pretensión, que era lógica y justa, y que estaba recogida
con carácter general y automático en numerosos Calendarios Laborales de
muchas Administraciones Públicas Autonómicas y Locales, llega, a
nuestro entender, muy tarde, y de forma muy limitada, dado que
habitualmente, muchos años, coinciden dos y hasta tres Fiestas
Nacionales en Sábado.
Da
la impresión que esta “concesión” está más pensada para darnos un poco
de árnica, o mejor dicho, vaselina, ante el atraco que supone la
disminución de los días de asuntos propios y la perdida de días de
vacaciones… que en reconocer lo que creemos es el justo Derecho de los
Empleados Públicos a no perder Fiestas Nacionales.
Desde
aquí dejamos constancia de nuestro propósito de seguir reivindicando la
ampliación de este Derecho a tantos días de asuntos propios, y no solo a
uno, como Fiestas Nacionales coincidan en Sábado... así como de exigir
la recuperación de los días de asuntos propios y días de vacaciones que
nos han sido usurpados… bien mediante el disfrute efectivo de los
mismos, bien mediante su compensación económica…
A pesar de ello damos por bienvenida esta Resolución en lo poco que tiene de positivo. Se
adjunta en formato PDF fichero con la Resolución del Secretario de
Estado de Administraciones Públicas, por si fuera de vuestra utilidad.
Seguiremos informando.
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