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sábado, 23 de enero de 2010

DISCRIMINACION A LA UNION SINDICAL OBRERA


Noticias
La Justicia anula la cesión de suelo del Ayuntamiento a Feda, CC OO y UGT
Entiende que existe discriminación sindical con la Unión Sindical Obrera, que pidió otra parcela y no obtuvo respuesta del Consistorio
LA VERDAD ALBACETE. 23.01.10 - 00:24 -
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Albacete ha anulado la cesión de terrenos del Ayuntamiento de Albacete a las organizaciones sindicales Comisiones Obreras y Unión General de Trabajadores y a la asociación empresarial Feda.
Entiende el juez que ha existido discriminación sindical hacia la Unión Sindical Obrera (USO) que fue la que presentó la demanda, que reclamó la cesión de un terreno, como habían conseguido las otras organizaciones sindicales, sin que el Ayuntamiento siquiera respondiera a sus requerimientos.
La sentencia recuerda que el 25 de abril del 2008 el Ayuntamiento de Albacete firmó un convenio marco con las tres organizaciones para «colaborar con los sindicatos en su crecimiento de espacios para el desarrollo de las tareas que le son propias y de las formativas y de atención a los trabajadores», acto por el que se comprometía a ceder tres parcelas de uso público por setenta y cinco años, una a cada organización. A raíz de este convenio, USO solicitó la cesión de terrenos o de locales para el ejercicio de sus actividades sindicales y de formación petición que fue desestimada por silencio administrativo. El convenio marco se transformó en realidad en el acuerdo de la Junta Local de Gobierno del 5 de diciembre del 2008 cuando se acordó la cesión «directa» de las parcelas cuando USO ya había formalizado su petición.
El Ayuntamiento pidió que se desestimase la demanda por considerar que existía «desviación procesal» ya consideraba que USO reclamaba una cosa ante el Consistorio y otra diferente ante la Justicia, y coincidía con las tres organizaciones que se beneficiaban de la cesión al señalar que se trataban de los sindicatos más representativos.
El juez considera en la sentencia que no existe la desviación procesal que pretendía el Ayuntamiento porque considera que pedirle al Consistorio un local o un terreno, que le fue negado por silencio administrativo, y solicitar la anulación de la cesión de suelo a otras organizaciones «son eslabones de la misma cadena, pues lo que se cuestiona es la decisión municipal de acordar la concesión con unos sindicatos dejando fuera al demandante».
Libre concurrencia
El fallo admite el argumento de USO de que no había existido libre concurrencia en el proceso de cesión de las parcelas y alega que ni el Ayuntamiento ni las tres organizaciones codemandadas se pueden excusar en la mayor representatividad de los sindicatos CC OO y UGT «porque su mayor representatividad no lo ampara ni lo justifica todo». Para ello el juez hace una profusa relación de jurisprudencia sobre la materia para acabar concluyendo que la decisión del Ayuntamiento es «discriminatoria» con el sindicato demandante al tiempo que reconoce que «tratándose de bienes públicos es exigible la mayor transparencia acerca de concretas adjudicaciones que se efectúan y de las razones por las que se conceden a unos y se deniegan a otros».
En su resolución, el juez quiere dejar claro que no cuestiona el derecho de Feda, CC OO y UGT a obtener las cesiones que deban hacerse a su favor «cuestión que no ha sido impugnada», sino el hecho de «ser las únicas a favor de las cuales se verifica dicha cesión».
Considera la resolución judicial que tratándose de la cesión de terrenos públicos para colaborar al crecimiento de espacios para el desarrollo de tareas que son propias a empresarios y sindicatos, «tiene incidencia en el orden competitivo entre sindicatos situando a los adjudicatarios en una posición superior a los demás para ofrecer mejores servicios a los trabajadores más allá de los medios propios de que disponen».
Por todo ello, el juez desestima las causas de inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo alegadas por las demandadas y estima el recurso interpuesto por la USO contra la desestimación por silencio administrativo de su petición de cesión de terrenos o locales de titularidad municipal y contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento por la que se hacía efectiva la cesión en favor de Feda, Comisiones y UGT. Además, declara la nulidad de pleno derecho de la desestimación por parte del Ayuntamiento de la cesión de terrenos o locales de titularidad municipal, y también el acuerdo por el que el Consistorio decide ejercer esa misma cesión hacia las tres organizaciones.
Contra la sentencia, dictada el 20 de enero, cabe recurso de apelación en el mismo Juzgado en el plazo de quince días desde su comunicación a las partes. El principal problema se le plantea ahora a Feda ya que las obras para construir su sede, que costará seis millones de euros, se encuentran en un estado bastante avanzado.

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