SPJ-USO Andalucía:un Juez determina que dos padresfuncionarios se puedan repartir el permiso de la lactancia.
La resolución llega tarde al haberse cumplido ya el período de lactancia, y no es firme, ya que el Estado podrá recurrirlo. El conflicto tiene su origen en la interpretación del artículo 48.f del Estatuto Básico del Empleado Público, que establece que ese derecho [el permiso de lactancia] “podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores en caso de que ambos trabajen”. Para el padre, ese artículo indicaría no solo que ambos cónyuges puedan disfrutarlo en exclusiva, sino que lo puedan dividir.
El juez Manuel Ponte, de la Audiencia Nacional, le ha dado la razón. El magistrado recuerda que ese artículo tiene su origen en la ley de igualdad, y que esta última reconoce “el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral” y “fomenta una mayor corresponsabilidad entre mujeres y hombres en la asunción de obligaciones familiares”. El juez llega a la conclusión de que el derecho a ese permiso del padre recurrente, que “no es cedido sino que es ostentado”, “podrá ejercerse con la única limitación temporal de la edad de doce meses del menor, de la duración total del permiso y de que no sea ejercido por la madre al mismo tiempo”.
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